sábado, marzo 22

Teoría del distribucionismo económico: 119 Misarkia

La teoría del distribucionismo económico recoge una serie de ideas que 119 Misarkía ha elaborado en forma de leyes económicas para alcanzar mayor equidad entre las personas. En la Teoría del distribucionismo económico, se establecen diez leyes fundamentales que buscan promover una distribución justa y equitativa de la riqueza. Estas leyes tienen como objetivo asegurar que todos los individuos tengan acceso a los recursos necesarios para su bienestar y desarrollo.

Diez leyes del distribucionismo económico, según 119 Misarkía:

Primera Ley de la Economía: DISTRIBUCIÓN.

La Riqueza Humana debe aspirar a repartirse en base a una Distribución Normal de la Campana de Gauss, en la que el eje horizontal sea el dinero y el eje vertical el número de personas.

Segunda Ley de la Economía: LÍMITE CONCRETO.

La Riqueza de cualquier individuo se le termina de retirar cuando empieza la Pobreza de cualquier otro.

Tercera Ley de la Economía: LA SANGRE.

El Dinero es un lenguaje que, como la Sangre del Cuerpo Humano, debe de vehicular los nutrientes por todo el Cuerpo Social, satisfaciendo todos sus Órganos.

Cuarta Ley de la Economía: AHORRO Y GASTO.

La Riqueza significa Producir Salud Humana y Medioambiental y Gastar Dinero, no por el contrario Gastar Salud Humana y Medioambiental y Producir Dinero.

Quinta Ley de la Economía: LÍMITE ABSTRACTO.

Los Organismos como Instituciones Públicas del Estado o Empresas Privadas, Bancos y Fondos de Inversión y demás Entidades Abstractas están subordinadas a los Individuos.

Aquellas no pueden concentrar la Sangre y los Nutrientes del Capital y del Poder, sino que por dichos Órganos debe fluir sólo lo Estrictamente Necesario para Realizar su Función.

Sexta Ley de la Economía: FLUIDEZ.

Las Entidades Financieras deben ceñirse exclusivamente a proporcionar capital sin contrapartida para satisfacer necesidades Individuales, Sociales y Ambientales solicitadas y/o probadas para el bienestar general.

Séptima Ley de la Economía: TRABAJO.

El Trabajo es Infinito. Se puede terminar un servicio, una construcción, un poema; pero la idea de la Satisfacción, la Arquitectura o la Poesía, jamás terminan.

Es la obligación de la Economía poner en marcha de forma óptima el Trabajo, siendo imposible la falta de aquel y siendo totalmente falsa la idea de escasez de Dinero, que solamente es un recurso simbólico para poner en marcha los Factores de Producción de bienes y servicios.

Octava Ley Económica: ACUMULACIÓN.

El paradigma del Sujeto Acumulador de Riqueza en forma de Salud Humana y Medioambiental en torno a espacios Universales y Comunes; y no la Entidad Abstracta Acumuladora de Dinero como Riqueza, en torno a Espacios Concretos y Sectarios.

Conlleva un desarrollo Secular, en cuyo Horizonte la Pobreza y la Enfermedad no existirán en Absoluto, sino tan sólo Relativamente.

Novena Ley de la Economía: RIQUEZA Y COMPETENCIA.

Sólo se entiende la Riqueza personal como algo que se Comparte sin límites, haciendo a su vez Rico al Resto de igual manera.

La Riqueza está en Competencia Positiva, no en Competencia Negativa.

Décima Ley de la Economía: JUSTICIA.

Quién atentase contra la salud Humana o Medioambiental, será trasladado en consecuencia al margen izquierdo de la Campana. Quien ostente virtud en la salud Humana y Medioambiental, será promocionado a la margen derecha en proporción.

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