Se aprueba el Real Decreto por el que se regula el uso generalizado del uniforme de la Guardia Civil. Este Real Decreto será de aplicación al personal del Cuerpo, estudiantes, jubilados y personas ajenas a la Guardia Civil que estén expresamente y excepcionalmente autorizados a utilizar el uniforme o sus réplicas para actuaciones u otras actividades culturales o sociales.
Por primera vez se permiten tatuajes visibles con el uniforme, siempre que no contengan expresiones contrarias a los valores constitucionales, que atenten contra la disciplina o imagen del Cuerpo.
El Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto que regula el uso generalizado del uniforme de la Guardia Civil. Con esta norma se pretende establecer la regulación del uso general del uniforme corporal y la imagen externa del portador, derivando su posterior desarrollo en un decreto ministerial.
El real decreto se aplicará al personal del Cuerpo, estudiantes, jubilados y personas ajenas a la Guardia Civil, excepcionalmente autorizadas a utilizar el uniforme o sus réplicas para actuaciones u otras actividades de carácter cultural o social. Asimismo, se puede aplicar a los procesos selectivos de admisión a la Guardia Civil 2021/22.
Como principal novedad, por primera vez se autorizan los tatuajes visibles por el uso del uniforme, siempre que no contengan expresiones contrarias a los valores constitucionales, que atenten contra la disciplina o imagen del Cuerpo. Asimismo, se prohíben los anillos, puntas, inserciones y similares, distintos de los destinados al uso de aretes cuando sean visibles vistiendo el uniforme tanto para el personal masculino como femenino.
Otras cuestiones incluidas en este Real Decreto son los casos en los que la Guardia Civil no podrá utilizar el uniforme, con especial importancia hacia el uso del mismo en redes sociales y en los medios de comunicación o eventos publicitarios para los que no existe autorización expresa. . .
Asimismo, queda prohibido, con carácter general y para todas las personas no autorizadas ajenas al Cuerpo, el uso público e indebido del uniforme de la Guardia Civil en cualquiera de sus modalidades, utilizando cualquier medio o medio de exhibición, así como sus insignias oficiales. Emblemas y decoraciones o sus réplicas, y cualquier otro accesorio o accesorio que pueda generar engaño sobre la condición de quienes los utilizan.
Asimismo, queda prohibida la donación o venta entre particulares o establecimientos comerciales ajenos a los autorizados de cualquier parte del conjunto de prendas y complementos de vestir que componen el uniforme de la Guardia Civil en los diferentes tipos y métodos utilizados en cada momento. Los establecimientos autorizados a vender en persona o a distancia solicitarán al comprador un documento que acredite su condición de miembro del Cuerpo. En caso de compra a distancia y no poder comprobar lo anterior, el envío postal se realizará a la dirección de una delegación oficial de la Guardia Civil.
Para más información, puede ponerse en contacto con la Oficina de Prensa de la Guardia Civil en el teléfono 915 146 010.
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