Ayudas sociales activadas por la crisis del Covid-19 en España.
El Gobierno de España ha puesto en marcha una serie de ayudas sociales para hacer frente a la crisis pandemiológica provocada por el Covid-19. Esta crisis no solo ha repercutido en la salud de más de 2.868.539, dejando más de 201.502 fallecidos en todo el mundo. También ha arrasado con la economía global, con más incidencia en los que tienen menos recursos. En España, a las más de 22.902 personas fallecidas se suma una profunda crisis económica que se refleja en las familias de todo el país. La cuarentena impuesta por el Gobierno, para garantizar el aislamiento social, ha paralizado la actividad comercial. Después de 43 días de cuarentena, en España ha sido necesario lanzar un plan de ayudas aprobado por el Ejecutivo. Estos planes de ayudas se dirigen a los parados, a personas que han experimentado un descenso en sus ingresos, para autónomos y pimes.
Ayudas para los afectados por ERTE
Miles de personas e han visto obligadas a abandonar sus puestos de trabajo debido a la pandemia del covid-19. Para minimizar los efectos negativos de el parón productivo en las empresas, el Gobierno ha facilitado el procedimiento para presentar un expediente temporal de regulación del empleo (ERTE). Las empresas tendrán que mantener el empleo de sus trabajadores seis meses después de la reanudación de la actividad. Los trabajadores afectados por un ERTE tienen derecho a cobrar el paro sin importar el tiempo cotizado, y no se agotará este derecho si se quedan sin trabajo en el futuro. El Gobierno se ha comprometido a mantener los ERTE cuando finalice el estado de alarma tal como demandaron las organizaciones patronales y los sindicatos.
Requisitos para acceder al Paro
Se han flexibilizado los requisitos para acceder al paro. Aquellos trabajadores que fueron despedidos durante el periodo de prueba desde el 9 de marzo, y los que extinguieron sus contratos de manera voluntaria desde el 1 de marzo podrán cobrar el paro.
También tienen derecho al paro los trabajadores con contrato fijo-discontinuo, normalmente asociados a trabajos de temporada como las actividades turísticas que suelen empezar en esta época.
Si un autónomo tiene la intención de cobrar el paro, tendrá que estar al corriente del pago de las cotizaciones o regularizar su situación en un plazo de 30 días.
Ayudas sociales para los autónomos afectados por el Covid-19
Desde el inicio de la crisis del coronavirus en España, los autónomos se habían visto desamparados. Hasta que el Gobierno aprobó una serie de medidas para paliar los efectos del impacto negativo sobre este sector. Se aprobó el aplazamiento, durante seis meses, del pago de cuotas a la Seguridad Social. El pago de las deudas se aplaza también hasta el día 30 de junio de 2020, sin intereses si no había deudas previas al estado de alarma. La Tesorería de la Seguridad Social también anunció que en mayo serán devueltas las cuotas de los días no trabajados en marzo.
“Cualquier autónomo que haya visto interrumpida o reducida de forma intensa su actividad, tiene derecho a una prestación que va a llegar a 950 euros”, así lo afirmó el ministro de Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá. Según la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, cerca de 900.000 autónomos ya están cobrando esta prestación extraordinaria.
Ayudas sociales del Gobierno para las familias afectadas por la crisis del covid-19
Mientras dure el estado de alarma no se podrá suspender el suministro de energía eléctrica, gas natural y agua a las personas físicas en su vivienda habitual. Se ha establecido un bono social de descuento en la factura eléctrica de las personas más necesitadas, este bono ha ampliado hasta septiembre.
Las empresas proveedoras de comunicaciones electrónicas no podrán suspender ni interrumpir los servicios contratados por sus clientes desde la fecha del inicio de la aplicación del estado de alarma, salvo por motivos de integridad y seguridad de las redes y del propio servicio.
Ayudas al pago del alquiler:
En relación a las ayudas al alquiler, el Gobierno ha articulado una serie de medidas entre las que se incluye la suspensión de los desahucios en seis meses. Los contratos que caduquen dos meses después del estado de alarma se renovarán automáticamente por medio año.
Los grandes empresarios podrán renegociar el pago de los alquileres de los locales. En caso de empresarios más pequeños, podrán utilizar la fianza para pagar el alquiler y tendrá que reponerse dicha fianza en el plazo de un año.
En caso de que el propietario no sea una empresa o entidad pública, y se encuentre en situación de vulnerabilidad, podrá solicitar ayudas bancarias. Estas ayudas estarán avaladas por el Instituto de Crédito Oficial (ICO) y con la garantía del Estado. Su duración inicial será de 6 meses y no generarán ningún tipo de intereses, el plazo de su devolución es de seis años, ampliables otros cuatro.
Ayuda a las personas con hipotecas:
Las personas con dificultades para afrontar el pago de la hipoteca de su vivienda habitual podrán pedir una suspensión temporal del pago de la cuota. La suspensión del pago hipotecario tendrá que concretarse 15 días después de su petición bajo una serie de condiciones.
Se aprobará suspensión del pago de la hipoteca a las personas que se hayan quedado en paro, o a aquellos empresarios que hayan sufrido una reducción del 40% de su facturación. Las personas cuya unidad familiar no obtenga ingresos superiores a 537,84 euros mensuales o cuya cuota hipotecaria sea superior al 35% de los ingresos de la unidad familia también tendrán acceso a esta ayuda.
Ayudas a los créditos no hipotecarios:
Se podrá solicitar una suspensión del pago de la cuota de créditos o préstamos sin garantía hipotecaria hasta un mes después del estado de alarma. Para ello no hará falta acuerdo entre las partes, el vencimiento del crédito se ampliara automáticamente por el tiempo que durase la suspensión inicial y no se podrá exigir ningún tipo de intereses.
Ayudas a los empleados del hogar:
Los trabajadores que estén dados de alta en el Sistema Especial de Empleados del Hogar del Régimen General de la Seguridad Social tendrán derecho a un subsidio por la falta de actividad generada por la crisis sanitaria. El importe del subsidio será del 70 % de la base de cotización, y no podrá supera la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional (950 euros mensuales). Este subsidio es compatible con otros ingresos derivados de actividades por cuenta propia y ajena, con el subsidio por incapacidad temporal.
Ayudas a las personas vulnerables:
Se pondrá una vivienda a disposición de personas que hayan sido víctimas de violencia de género, personas sin hogar, personas que hayan sido desahuciadas. Estas ayudas se tramitarán a través de las CCAA (Comunidades autónomas). Los beneficiarios de esta ayuda podrán solicitar desde 600€ hasta 900€ mensuales como ayuda para el mantenimiento de la vivienda. El plazo de estas ayudas es de cinco años.
Ayudas sociales destinadas al I+D+i para combatir el Covid-19
El ministerio de ciencia ha habilitado créditos extraordinarios al instituto de Salud Carlos III (con más de 25 millones de euros) y al CSIC (4,4 millones de euros) con el objetivo de incentivar el área de la investigación para la lucha contra el coronavirus actual. Los trabajadores de instituciones de ciencia, tecnología e innovación podrán establecer jornadas laborales extraordinarias que se compensarán mediante gratificaciones. Estas instituciones podrán aplazar las cuotas de préstamos para evitar su paralización. El Consorcio Barcelona Supercomputing Center podrá adquirir deuda para cumplir sus compromisos internacionales (para el proyecto EuroHPC).
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