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Aprobados los Reales Decretos por los que se regulan los derechos de las organizaciones profesionales y el Código de Conducta de la Guardia Civil
El primer texto desarrolla, mediante decreto, el derecho a formular propuestas y dirigir solicitudes a las autoridades competentes, dando cumplimiento a lo dispuesto en los Títulos VI y VII de la Ley Orgánica 11/2007, por la que se regulan los derechos y obligaciones de los miembros del Cuerpo.
Este Real Decreto incluye el derecho a asignar un tiempo determinado tanto a los miembros como a los representantes de las asociaciones con representación en el Consejo de la Guardia Civil.
El Código de Conducta aprobado, por su parte, se aplica a todos los empleados del Cuerpo y establece los principios y normas de conducta que deben seguirse. También reafirma los valores institucionales y se adapta a la realidad actual, proyectando el modelo de Guardia Civil a alcanzar.
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy dos Reales Decretos que refuerzan los derechos de las organizaciones profesionales y aprueban el Código de Conducta de la Guardia Civil.
El primero de estos decretos recoge los derechos de las organizaciones profesionales de la Guardia Civil, sus representantes y los miembros del Consejo de la Guardia Civil, elegidos en representación de los miembros del Cuerpo.
El texto contiene el desarrollo normativo de lo recogido en los Títulos VI y VII de la Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y obligaciones de los miembros de la Guardia Civil. Esta ley ya ha establecido el marco para la constitución de las organizaciones profesionales y el contenido de sus derechos, así como los derechos de quienes integran el Consejo de la Guardia Civil.
El texto legal también desarrolla el derecho de acceso a los cuarteles y establecimientos de los miembros de organizaciones profesionales para participar en sus propias actividades.
Además, este Real Decreto articula el derecho a un tiempo determinado para realizar actividades relacionadas con las condiciones de miembro o agente, de acuerdo con los criterios utilizados en la Constitución de los Empleados Públicos.
De esta forma, se asigna tiempo tanto a los miembros del Consejo de la Guardia Civil como a los representantes de las asociaciones a las que se ha dado un cargo en el Consejo. El sistema propuesto reforzará el número de miembros del consejo y de los máximos representantes de las asociaciones. También se racionaliza la asignación y uso del tiempo y, además, se incrementa el tiempo disponible, lo que asegura que los beneficiarios puedan desempeñar sus funciones como concejal y como representante de la asociación con las garantías suficientes.
El Código de la Guardia Civil
El Consejo de Ministros también aprobó un código ético que debe cumplir todo el personal de la Guardia Civil, en el que se establecen los valores, principios y normas de conducta que aplicará en su día a día.
Este código de conducta ayudará a reforzar los valores institucionales de la Guardia Civil y potenciará su interiorización. El texto también pretende esbozar una visión y proyección del modelo de Guardia Civil a alcanzar en el futuro.
Honor, Integridad, Lealtad, Coraje, Justicia, Imparcialidad y Neutralidad, Responsabilidad, Dignidad y Sacrificio son los valores fundamentales enumerados en este Código y de los que debe estar dotado todo miembro del Cuerpo.
Por otra parte, el texto aprobado hoy también recoge los principios institucionales en los que debe basarse el servicio de cualquier Guardia Civil: defensa de la Constitución, respeto de los derechos fundamentales y las libertades públicas, igualdad y no discriminación, neutralidad ideológica y política , el respeto a la pluralidad cultural y el compañerismo con los demás.
El Código también incluye un Decálogo en el que se resumen los valores, principios y códigos de conducta que se han ido consolidando desde la fundación de la Guardia Civil en 1844:
“Honor, defensa de España y de la Constitución, dignidad, respeto de los derechos y libertades, integridad, servicio, espíritu digno, lealtad y espíritu de cuerpo, disciplina y serenidad y uso de la fuerza”.
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